La justicia anula un despido de Jardines Alberto

jardines alberto

Los tres trabajadores despedidos reivindican la necesidad de unirse para combatir la precariedad del sector.

El restaurante Jardines Alberto tendrá que readmitir a uno de los trabajadores a los que rescindió el contrato después de que secundara la huelga de la hostelería el año pasado. El Juzgado de lo Social número 1 de Granada ha declarado nulo el despido y condena a la empresa, Mercasal Iniciativas S.L., a abonar los salarios que dejó de percibir el empleado desde su cese, a razón de 48,62 euros por día.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso GranadaiMedia, el juez estima la demanda interpuesta por el trabajador, Francisco Vázquez, al considerar que el restaurante, situado junto a la Alhambra, no aporta «una explicación objetiva y razonable» del motivo del despido.

El magistrado concluye que el cese «obedece a un móvil discriminatorio por la afiliación y actividad sindical», ya que tanto Vázquez como otros dos compañeros, los únicos que secundaron las tres jornadas de huelga, «han terminado de una u otra forma la relación laboral con la empresa, pese a que ésta se ha visto obligada a contratar nuevo personal».

El fallo repara en que el Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), al que pertenecen los tres empleados, había comunicado al establecimiento la constitución de su sección sindical, de la que Vázquez fue nombrado delegado. Consta, además, que su contrato pasó a ser fijo discontinuo tras la denuncia formulada ante la Inspección de Trabajo por uno de sus compañeros despedidos. Entre estos hechos y el despido «existe una evidente conexión temporal» resalta el juez, para el que resulta llamativo que al ser requerido por este organismo el restaurante aportase unos horarios «distintos de los reales».

Según el magistrado, no se ha acreditado, sin embargo, la disminución continuada y voluntaria del rendimiento del trabajador alegada por la empresa para tratar de justificar el despido. Las acusaciones de la compañía son, en palabras del juez, «vagas e imprecisas». Advierte, en esta línea, que el testigo presentado por Jardines Alberto en el juicio, celebrado el pasado 14 de abril, fue claro en cuanto a que «no hubo afectación alguna del servicio», con lo que si por rendimiento se entiende una bajada de la productividad cae por su peso el argumento del restaurante.

El fallo deja claro, asimismo, que «nada consta» del supuesto «mal ambiente» creado por el trabajador ya que las manifestaciones del testigo que presentó el establecimiento «no resultaron en absoluto creíbles», estando «clara» su voluntad «de realizar una declaración procesal favorable a la empresa».

Para el juez el carácter «manifiestamente insuficiente» de la carta de despido se convierte «en sí mismo en un indicio más del carácter discriminatorio» del cese, pues «queda claro que la empresa sólo buscó una apariencia de legalidad para el despido sin ninguna conexión con la realidad», concluye.

Se trata del segundo varapalo judicial que recibe Jardines Alberto por este caso. El juez ya desestimó la denuncia que interpuso contra los trabajadores por protestar frente a su puerta para exigir su readmisión. El restaurante aún tendrá que responder ante la justicia por el despido de los otros dos empleados que secundaron el paro hostelero. Ambos han denunciado que la rescisión de su contrato responde a «represalias» por sumarse a las jornadas de huelga.

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